ARTICULO
LEY_47_20
Nº 7
LEY_47_20 > Art. 7
Sede. La Dirección General de Alianzas Público-Privadas tendrá su sede en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, con jurisdicción nacional en materia de regulación y control de las alianzas público- privadas, pudiendo establecer oficinas en otros lugares del territorio nacional.