⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_47_20 Nº 30

LEY_47_20 > Art. 30

Toda alianza público-privada será formada mediante la suscripción de un contrato de alianza público-privada entre el agente público y el agente privado adjudicatario del proyecto, en el cual se hagan constar los derechos y obligaciones de cada una de las partes.
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