⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_30_24 Nº 57

LEY_30_24 > Art. 57

- Tolerancias en discrepancias de inventario.** La Dirección General de Aduanas (DGA) establecerá en el manual de procedimientos y operaciones los índices de tolerancia correspondientes para los arqueos de inventarios, tomando en cuenta la naturaleza, el tipo de mercancías y el proceso de que se trate.
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