ARTICULO
LEY_30_24
Nº 4
LEY_30_24 > Art. 4
- Creación del Consejo Nacional de Logística.** Se crea el Consejo Nacional de Logística como órgano dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), responsable de definir y aprobar las políticas, estrategias y planes para el desarrollo de la facilitación de los centros logísticos, empresas operadoras logísticas y empresas operadoras de centros logísticos, su seguimiento y evaluación.