ARTICULO
LEY_25_69
Nº 41
LEY_25_69 > Art. 41
-** La Dirección General del Impuesto sobre la Renta podrá ordenar el examen de todos los libros y registros de particulares y de sociedades comerciales e industriales, cuyos administradores o gestores estarán obligados a mostrarlos a los empleados que sean designados para tal servicio, en todos los casos en que fuera necesario dicho examen para los fines de investigación o depuración de los impuestos sobre sucesiones y donaciones.