ARTICULO
LEY_25_69
Nº 20
LEY_25_69 > Art. 20
-** (Nota: El Tribunal Constitucional a través de la sentencia TC/0033/12 de fecha 15-08-2012, declaró inconstitucional el artículo 7, a tal efecto, este artículo y sus disposiciones conexas fueron anuladas). Para la aplicación del impuesto sobre donaciones los beneficiarios son clasificados en las cuatro categorías que establece el artículo cinco de esta ley; y el pago se hará de conformidad con lo que disponen los artículos 6 y 7 de la misma.