⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_25_69 Nº 2

LEY_25_69 > Art. 2

-** El Impuesto está a cargo de los herederos, sucesores y legatarios, y recaerá: 1.- Sobre todo activo de la sucesión, cuando la transmisión es hecha a un causahabiente universal; 2.- Sobre las porciones de cada uno de los copartícipes, cuando estos concurran a la sucesión como causahabientes a título universal; y 3.- Sobre cada legado hecho a título particular.
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