⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_19_00 Nº 96

LEY_19_00 > Art. 96

-** Las cuotas de los fondos mutuos o abiertos se valorarán diariamente en la forma establecida en el reglamento de la presente ley, según se trate de fondos de renta fija, variable o mixta.
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