⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_19_00 Nº 15

LEY_19_00 > Art. 15

-** La información financiera anual que proporcionen los emisores de valores a la Superintendencia de Valores y a las bolsas, deberá estar auditada por auditores externos inscritos en el registro del mercado de valores y de productos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento de esta ley.
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