⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_17_19 Nº 28

LEY_17_19 > Art. 28

-** Delitos Tributarios. La violación a los controles fiscales y el incumplimiento de los requerimientos de la Administración Tributaria, se considera delito tributario y se rige según lo dispuesto en el Código Tributario.
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