ARTICULO
LEY_12_01
Nº 13
LEY_12_01 > Art. 13
- Se ratifican los gravámenes impositivos establecidos mediante la ley No. 72-00, del 16 de septiembre del 2000, a las partidas del capítulo II del Arancel de Aduanas, acerca de carnes bovinas y porcinas y derivados, de modo que deben aparecer en el Arancel, Anexo I de la ley No. 146, del 27 de diciembre de 200.
<!-- -->
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil ; años 157° de la Independencia y 138° de la Restauración.
<!-- -->
Rafaela Albuquerque,
<!-- -->
Presidenta
<!-- -->
Ambrosina Saviñón Cáceres,
<!-- -->
Secretaria
<!-- -->
Rafael Angel Franjul Troncoso,
<!-- -->
Secretario
<!-- -->
HIPOLITO MEJIA
<!-- -->
Presidente de la República Dominicana
<!-- -->
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitución de la República.
<!-- -->
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial. Para su conocimiento y cumplimiento.
<!-- -->
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de enero del año dos mil uno (2001); año 157 de la Independencia y 138 de la Restauración.