⚖️ Legisla v7

TABLA_FILA LEY_11_92 Nº 09 01

LEY_11_92 > Tabla 03 (ref. 345): Tasas por año a partir > Café

09 01: Café, incluso tostado o descafeinado, sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción, excepto café sin tostar ni descafeinar de la partida 0901 11 00 y cascara y cascarilla de café de la partida 0901 90 20
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