⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_11_92 Nº 396

LEY_11_92 > Art. 396

Aplicación A Ejercicios Anteriores A 1992.** La fiscalización y otras disposiciones relativas a los ejercicios 1991, y a todos los ejercicios anteriores a este, no prescritos, de los impuestos sobre la renta, sobre transferencias de 15 bienes industrializados y servicios, (ITBIS) y sobre consumo selectivo establecidos por este Código, se regirán por las leyes correspondientes, vigentes en esos años y los reglamentos y normas generales y demás disposiciones relativas a estos impuestos, vigentes en los ejercicios de que se trate.
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