⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_11_92 Nº 358

LEY_11_92 > Art. 358

- Aprobación Del Reglamento Para La Aplicación De Este Impuesto.** El Poder Ejecutivo dictará el reglamento para la aplicación de este impuesto dentro de los noventa (90) días siguientes a la promulgación de este Código.
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