ARTICULO
LEY_11_92
Nº 296
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(Modificado por la Ley 253-2012, de fecha 09 de noviembre del 2012). Tasa del Impuesto de las Personas Físicas. Las personas naturales residentes o domiciliadas en el país pagarán sobre la renta neta gravable del ejercicio fiscal, las sumas que resulten de aplicar en forma progresiva, la siguiente escala: