ARTICULO
LEY_11_92
Nº 282
LEY_11_92 > Art. 282
- Responsabilidad Solidaria De Los Representantes Locales De Empresas Extranjeras.** Los agentes o representantes en la República de tales compañías serán solidariamente responsables con ellas del pago del impuesto y estarán obligados a presentar declaraciones juradas y a fungir de agentes de retención e información en las formas y plazos que establezcan este Título o el Reglamento para su aplicación.