⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_11_92 Nº 231

LEY_11_92 > Art. 231

El ejercicio de la acción penal por delitos tributarios, no suspende los procedimientos de aplicación y cumplimiento de las sanciones por infracción, a que pudiere haber lugar. <!-- --> Párrafo. Asimismo, lo que se resuelva en uno de los procedimientos no producirá efecto alguno en el otro, ni tampoco respecto de la sanción aplicada. <!-- --> SECCION IV - DE LOS DELITOS TRIBUTARIOS
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