ARTICULO
LEY_11_92
Nº 182
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Aplicación De Sellos De Rentas Internas.** Todo documento presentado al Tribunal Contencioso Tributario por particulares deberá llevar adherido a cada página un sello de Rentas Internas del valor de RD$1.00 cada uno. En caso de ganancia de causa, el particular tendrá derecho al reembolso de las sumas así empleadas. (Derogado por el Literal h) del Artículo Único de la Ley No. 225-01, del 12 de enero del 2002).