⚖️ Legisla v7

ARTICULO LEY_11_92 Nº 111

LEY_11_92 > Art. 111

De Las Excepciones Del Embargado.** El embargado podrá oponerse a la ejecución, ante el Ejecutor Administrativo, dentro del plazo señalado en el requerimiento de pago practicado conforme el Artículo 91.
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