⚖️ Legisla v7

ARTICULO_CITADO DECRETO_MODISR_00 Nº 71

DECRETO_MODISR_00 > «Art. 71» [citado]

términos del Artículo 309 del Código, se instituyen en agentes de retención, a los negocios de único dueño y las personas morales que paguen premios en efectivo provenientes de apuestas en hipódromos, bancas de apuestas de cualquier naturaleza, bingos, loterías, juegos de azar de cualquier naturaleza o denominación tales como fracatanes, lotos, juegos electrónicos y otras formas afines, así como los ocasionados en concursos promocionales de las empresas. Esta retención será del 15% del valor bruto del premio y tendrá carácter de pago único y definitivo. <!-- --> PARRAFO: Cuando el premio sea entregado en naturaleza, la persona física o jurídica responsable del pago del mismo, estará obligada a ingresar a la Dirección General de Impuestos Internos, el importe equivalente al 15% del precio de mercado del bien que constituye el premio, conforme a lo establecido en el Artículo 309 del Código".
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