ARTICULO_CITADO
DECRETO_MODISR_00
Nº 46
DECRETO_MODISR_00 > «Art. 46» [citado]
PARRAFO: EXENCIONES POR TRASLADO Y VIATICOS.
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A los efectos de la aplicación del literal l) del artículo 299 del Código, se entenderá por asignaciones de traslado y viáticos cualquier provisión, en especie o en dinero, necesaria para cubrir el sustento, transporte y habitación de la persona que hace un viaje relacionado con el negocio. Estas asignaciones guardarán relación con la jerarquía y con la función a realizar, y deberán estar sujetas a comprobantes."