⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_MODISR_00 Nº 78

DECRETO_MODISR_00 > Art. 78

.- TRATAMIENTO A LOS ENTES SIN PERSONERIA JURIDICA. <!-- --> Estarán sujetos a la retención establecida en el Artículo 309 del Código Tributario, los pagos efectuados por las personas jurídicas y negocios de único dueño, a favor de entes sin personería jurídica, tales como firmas de profesionales y a otros de similar naturaleza".
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