⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_MODISR_00 Nº 5

DECRETO_MODISR_00 > Art. 5

.- Se agrega el Párrafo V al Artículo 26 del Reglamento. <!-- --> PARRAFO V. El valor inicial para el cómputo de la depreciación de los bienes depreciables establecidos en las categorías 2 y 3 indicadas en el literal e) romano III del Artículo 287 del Código Tributario, será el valor de adquisición o construcción de los mismos, menos el ITBIS que se hubiere pagado.
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