ARTICULO
DECRETO_MODISR_00
Nº 13
DECRETO_MODISR_00 > Art. 13
.- Se modifica el párrafo introductorio del Artículo 70 del Reglamento y se agregan los literales "d" y "e", para que digan de la siguiente manera:
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"Cuando se hagan pagos por otros conceptos de renta no contemplados expresamente por el Código, la retención del 10% establecida en el Artículo 309, se considerará pago a cuenta y será aplicable sobre la base de una renta neta presunta en la forma como se indica a continuación: