LISTA
DECRETO_ITBIS_00
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DECRETO_ITBIS_00 > Lista nivel 1: -)
- A) TRANSPORTE DE PASAJEROS: El precio de venta en la República Dominicana de pasajes para la transportación aérea y marítima de pasajeros, cuando el punto de partida se encontrare en la República Dominicana.
Si los pasajes cuyo impuesto ha sido pagado conforme con el párrafo anterior, son cancelados, el impuesto pagado será tratado como un pago indebido de impuesto y acreditado o reembolsado conforme al procedimiento establecido para los reembolsos, siempre que dicha cancelación se realice dentro de los 30 días de haberse efectuado la facturación del pasaje, dentro del marco de las disposiciones del Artículo 339 del Código.