⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 89

DECRETO_729_04 > Art. 89

.- Todo el dinero o bienes del emisor entregados al administrador extraordinario, como gestor de los mismos, de conformidad con lo establecido en los artículos 83, 86 y 87 del presente Reglamento, y las inversiones, en adición a sus rentas, reajustes e incrementos de cualquier naturaleza, se entenderán legalmente constituidos en prenda, como garantía del cumplimiento de las obligaciones a que se refieren los citados artículos, a favor de todos los tenedores de bonos de la emisión correspondiente a la fecha de hacerse exigibles dichas obligaciones.
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