⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 85

DECRETO_729_04 > Art. 85

.- El administrador extraordinario no podrá ser una persona relacionada al emisor. En easo de que en el ejercicio de las funciones del administrador exftraordinario, surgieren relaciones entre éste y el emisor que implicaren conflictos de intereses, el administrador extraordinario deberá abstenerse de continuar actuando como tal, además de renunciar al cargo e informar esta circunstancia como hecho relevante a la Superintendencia y al representante de tenedores.
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