⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 79

DECRETO_729_04 > Art. 79

.- El representante de tenedores podrá requerir al emisor los informes que sean necesarios para la adecuada protección de los intereses de sus representados, debiendo ser informado y documentado, en cualquier momento, de todo lo relacionado con los cambios societarios, actividades y operaciones del emisor.
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