ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 78
DECRETO_729_04 > Art. 78
.- El contrato de emisión que se suscriba entre el emisor y el representante común de tenedores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 57 del presente Reglamento, deberá prever como atribuciones y deberes del representante los siguientes: