ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 69
DECRETO_729_04 > Art. 69
.- En el caso de modificación de las condiciones de la emisión, se requiere que en la Asamblea estén representadas las tres cuartas (3 4) partes de los bonos en circulación y las decisiones sean aprobadas con el voto favorable de los que representen, por lo menos, la mitad ( 1 2) más uno.
<!-- -->
Párrafo: Sin perjuicio de lo anterior, el contrato de emisión podrá disponer de quórum superiores para materias especificadas en éste.