⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 45

DECRETO_729_04 > Art. 45

.- Los valores representativos de deuda deberán ser emitidos en serie y estandarizados, de conformidad con las disposiciones establecidas en el presente subcapítulo, y no podrán ser renovados a la fecha de su vencimiento.
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