⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 277

DECRETO_729_04 > Art. 277

- Las disposiciones del presente Reglamento entrarán en vigencia a partir de la fecha de su aprobación. <!-- --> DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de agosto del año dos mil cuatro (2004), año 161 de la Independencia y 141 de la Restauración. <!-- --> HIPOLITO MEMA <!-- --> El suscrito: Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicación es oficial <!-- --> Dr. Ricardo Ayanes Pérez <!-- --> Santo Domingo, D. N., República Dominicana
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