ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 274
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- Las bolsas de productos existentes podrán utilizar en su razón social el término "bolsa", aunque hasta el momento sólo hayan realizado operaciones de contado, a fin de que vayan creando la plataforma necesaria para operar con contratos de futuros y derivados, en el entendido de que estarán sujetas a la supervisión de la Superintendencia.