ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 267
DECRETO_729_04 > Art. 267
- La Superintendencia podrá suspender o cancelar la inscripción en el Registro de un auditor o firma de auditoría, en caso de incumplimiento de sus labores, de las disposiciones de la Ley, del presente Reglamento y de las normas que dicte la Superintendencia.