ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 258
DECRETO_729_04 > Art. 258
- Los socios principales, el auditor a cargo de la dirección de la auditoría y los responsables de emitir una opinión sobre los estados financieros y de elaborar otros informes correspondientes, deberán contar con una licenciatura en contabilidad y el exequátur emitido por el Poder Ejecutivo, que los acredite como Contadores Públicos Autorizados (CPA), así como no menos de cineo (5) años de experiencia, en el desempeño de la función de auditor externo.