⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 238

DECRETO_729_04 > Art. 238

- En el easo de los fondos mutuos o abiertos, cualquier cambio que se realice en el Reglamento Interno del fondo, deberá ser aprobado por el Consejo. Una vez aprobadas dichas modificaciones, la administradora deberá proceder a informar a sus aportantes respecto de ellas, a través de una comunicación escrita. <!-- --> Párrafo: En el easo de modificaciones del Reglamento Interno de los fondos cerrados, éstas deben ser aprobadas por la mayoría de los aportantes.
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