ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 233
DECRETO_729_04 > Art. 233
- Los aportes al fondo quedarán expresados en cuotas del fondo, los que deberá establecerse en el Reglamento Intemo del fondo respectivo. La Superintendencia deberá establecer mediante normas de carácter general las características de las cuotas del fondo.