ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 220
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- El Comité tendrá a su cargo la emisión de dictámenes de calificación adoptados por mayoría de votos, para lo cual deberá dar estricto cumplimiento a los criterios mínimos de calificación establecidos en los artículos 85 de la Ley y 218 del presente Reglamento.