⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 190

DECRETO_729_04 > Art. 190

- El depósito se constituirá mediante la entrega de los valores a las bolsas o a la compañía que ofrezca el servicio de depósito centralizado de valores, las cuales se obligan a custodiarlos, a registrar los mismos, así como a efectuar las transferencias, enajenaciones y gravámenes que el depositante le comunique. Adicionalmente, las mismas registrarán los embargos que sobre los valores sean interpuestos.
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