⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 187

DECRETO_729_04 > Art. 187

- Toda modificación que realicen las bolsas, las cámaras de compensación y las compañías que ofrezcan los servicios de depósito centralizado de valores, en sus estatutos sociales, reglamentos internos, manuales de procedimientos, estructura organizativa, mecanismos de operación y control interno, estructura tarifaria y cualquier otra que la Superintendencia determine mediante norma de carácter general, deberá ser sometida previamente a la misma para fines de autorización. <!-- --> IV.3 DEL DEPOSITO CENTRALIZADO DE VALORES
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