ARTICULO
DECRETO_729_04
Nº 180
DECRETO_729_04 > Art. 180
- Para los efectos de la Ley y este Reglamento, se entiende por compensación, el procedimiento mediante el cual se extinguen las deudas u obligaciones entre los participantes del mercado, por la que dos (2) o más de ellos equilibran sus deudas recíprocas de similar importe, representadas en algún documento, título o registro contable.