⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 15

DECRETO_729_04 > Art. 15

.- La Superintendencia establecerá los mecanismos que sean necesarios para la guarda y conservación de los documentos inscritos, pudiendo microfilmarlos o almacenarlos en medios electrónicos. Los originales de dichos documentos no podrán ser destruidos hasta tanto haya transeumido el tiempo que la Superintendencia disponga, para lo cual deberá tomar en cuenta la naturaleza de los mismos.
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