⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 145

DECRETO_729_04 > Art. 145

- En el easo en que no hubiese demanda de adquisición de las acciones que hayan sido emitidas por las bolsas, éstas podrán ofrecer las mismas a los demás participantes del mercado y al público en general actuando como un emisor, debiendo en consecuencia sujetarse a los requisitos de oferta pública establecidos en la Ley y el presente Reglamento, así como a las normas que sobre concentración de capital diete el Consejo.
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