⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_729_04 Nº 124

DECRETO_729_04 > Art. 124

- La Superintendencia contará con un Superintendente y un Intendente de Valores, y con los departamentos y áreas necesarios para el desempeño de sus funciones. <!-- --> Párrafo I. El Superintendente de Valores (en lo adelante Superintendente), como principal funcionario de la Superintendencia, tendrá a su cargo la dirección y control de las funciones de ésta, la ejecución y vigilancia del cumplimiento de la Ley, el presente Reglamento y de las normas de carácter general que se dicten para el buen funcionamiento de las instituciones supervisadas, la aprobación de la oferta pública y la determinación de la forma en que la información deberá estar a disposición del público, entre otras funciones. <!-- --> Párrafo II. El Intendente de Valores (en lo adelante Intendente) sustituirá al Superintendente en caso de ausencia temporal de éste y es el responsable directo de todos los asuntos relacionados con los departamentos de la institución, del personal y de las normas de seguridad de la misma. <!-- --> Párrafo III. El personal técnico de la Superintendencia deberá ser altamente calificado, debiendo someterse a un sistema de evaluación para su ingreso, así como a un programa de capacitación especializada y a sistemas de evaluación de competencia y desempeño para mantener e incrementar su nivel.
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