⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_674_12 Nº 8

DECRETO_674_12 > Art. 8

PROINDUSTRIA deberá desarrollar los vínculos de trabajo y de comunicación con las instituciones públicas y privadas, que permitan ejecutar, de manera viable y efectiva, las disposiciones de la Ley, estableciendo los enlaces y mecanismos de trabajo que fueren necesarios.
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