⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_674_12 Nº 56

DECRETO_674_12 > Art. 56

Suscripción de contratos. Las autorizaciones definitivas de enajenación o disposición de bienes, habilitan a la Dirección General para la suscripción del contrato definitivo mediante el cual se realice la enajenación o disposición del bien en cuestión, la cual se hará constar en el contrato que disponga del bien. En todos los casos, la enajenación o disposición se realizará de conformidad con los términos y condiciones establecidos en dicha autorización definitiva.
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