⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_674_12 Nº 53

DECRETO_674_12 > Art. 53

Régimen especial de autorización de disposición de bienes. Todo proceso de enajenación o disposición de bienes de cualquier naturaleza que formen parte del patrimonio de PROINDUSTRIA, debe ser autorizado por el Consejo Directivo, en virtud de la competencia atribuida en el Artículo 6, Literal j, de la Ley. Dicha autorización se otorgará mediante una resolución dictada al efecto, de conformidad con el procedimiento establecido en el presente Capítulo. <!-- --> Párrafo: Se dispone la conformación de una Unidad Técnica de Control Patrimonial, la cual será parte de la Dirección General de PROINDUSTRIA. Esta Unidad, de forma conjunta con el o la Directora(a) General y el Subdirector Técnico, tendrá a su cargo la supervisión de la gestión patrimonial institucional, sujeto al control del Consejo Directivo y a las disposiciones de la Ley, del presente Reglamento y de cualquier otro reglamento especial dictado al efecto. El Consejo Directivo dispondrá por resolución la integración de dicha Unidad.
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