⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_674_12 Nº 38

DECRETO_674_12 > Art. 38

, Unidades Técnicas Sustantivas. Las Unidades Técnicas Sustantivas son competentes para la identificación, elaboración, discusión y evaluación de políticas industriales propuestas o ya existentes, así como para cualquier actividad relacionada, que le sea directamente atribuida por el Consejo Directivo. Funcionan como órganos de facilitación de la coordinación interinstitucional en la discusión, consenso y evaluación de políticas relacionadas con los objetivos de la Ley. Pueden ser designados como miembros de una o varias Unidades Técnicas de Coordinación de Políticas Públicas:
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