ARTICULO
DECRETO_674_12
Nº 10
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- Convenios de intercambio. PROINDUSTRIA, a través de su Director(a) General podrá celebrar acuerdos con instituciones nacionales e internacionales, para fomentar el intercambio de información no reservada, y mejores prácticas, en los temas relacionados a su naturaleza institucional.
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Párrafo I. Dichos acuerdos serán aprobados por el Consejo Directivo, que podrá requerir informes parciales o periódicos del estatus de tales convenios.
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Párrafo II. En caso de que dichos acuerdos sean susceptibles de comprometer la responsabilidad del Estado, se deberá cumplir con los requisitos constitucionales y legales correspondientes.