⚖️ Legisla v7

ARTICULO DECRETO_587_24 Nº 9

DECRETO_587_24 > Art. 9

. Una vez vencido el plazo de implementación o de prórroga, aquellos contribuyentes que no hayan completado el proceso de certificación para ser emisores electrónicos serán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 27 de la Ley núm. 32-23, por las infracciones tributarias estipuladas en su artículo 26.
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